Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Décimo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR, el recurso de apelación interpuesto en fecha 14 de julio del 2017 por la abogada YOSELIN MARCANO, en su carácter de apoderada judicial de la parte actora en la presente causa, contra la sentencia dictada el 11 de julio del 2017 por el Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: INADMISIBLE la demanda de PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA interpuesta por el ciudadano WILLIAM ENRIQUE GARCÍA contra la sucesión del ciudadano ALEJANDRINO CAMERO HERNÁNDEZ (ambas partes identificadas en el encabezado del presente fallo).
Se CONFIRMA con la motivación aquí expresada el fallo a.....