Siendo ello así, este Órgano Jurisdiccional evidenciando que el presente recurso de nulidad va dirigido en contra de las notificaciones identificadas como "SEGUNDA NOTIFICACION, signada con el número SNB-DG-O-000104, de fecha 16 de enero de 2017" y "ULTIMA NOTIFICACION, signada con el número SNB-DG-O-000299, de fecha 08 de febrero del 2017", suscritas por el Servicio Nacional de Administración y Enajenación de Bienes Asegurados o Incautados, Confiscados y Decomisados (SNB); ente que no se identifica con las autoridades referidas en los artículos 23.5 y 25.3 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa y atendiendo a razones de eminente orden público, dada la importancia vital del juez natural para la existencia del debido proceso y la materialización del derecho a la defensa consagrado en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, se declara incompetente para seguir conociendo de la presente causa, y declina su conocimiento en los Juzgados Nacionales .....