expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 185 del Código Civil, declara: PRIMERO: "CON LUGAR" la solicitud de divorcio interpuesta por los ciudadanos : LILIANA MARGARITA TUIRAN ZAPATA y JESUS EVELIO GOMEZ PAREDES, la primera Colombiana identificada con el Pasaporte N° CC45509623 y el segundo venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 16.674.696, asistidos por la Abogada: MAGALY ALEJANDRA GONZALEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 95.585 y de este domicilio. SEGUNDO: Declara disuelto el vínculo matrimonial contraído en fecha 14 de Julio de 1993, por ante el Arzobispado de Cartagena de Indias, Parroquia Espíritu Santo, Republica de Colombia, según se evidencia de Acta de Matrimo.....