Ahora bien, por cuanto dicha suspensión solicitada por las partes, es un acto de composición procesal contemplado en la norma UT supra transcrita, este Juzgado Vigésimo Primero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, SUSPENDE la prosecución de la presente causa la cual se encuentra en etapa de ejecución hasta el día 28 de Febrero del año 2.009, y una vez precluído este la causa continuará su curso en el mismo estado en que se encuentra.