Se dictó SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA, mediante la cual se declaró SIN LUGAR EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto en fecha 26 de enero de 2011, por el abogado JIMMY INOJOSA, apoderado judicial del demandante, contra la sentencia definitiva de fecha 19 de enero de 2011, dictada por el Juzgado Cuarto del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del estado Lara. SE DECLARA INADMISIBLE LA DEMANDA por Cobro de Bolívares, Vía intimatoria, intentada por el abogado JIMMY INOJOSA, en su condición de apoderado judicial de la firma mercantil PROTECCIÓN DEVAL, C.A., (DEVALCA), contra el ciudadano Juan Andrés Blavia, en su condición de obligado principal de las facturas y representante legal de las firmas mercantiles PENINSULA, C.A., TRANSCENDENCIA, C.A., e HISPANIA. Quedó asi CONFIRMADA la decisión apelada.