DISPOSITIVA
Con fuerza a todo la antes expuesto esta Sala Accidental Cuarta de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Area Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, pasa de seguidas a emitir los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: ANULA la decisión dictada en fecha 03 de Abril del año en curso, por el Juzgado Segundo (2º) de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual declaró la procedencia de la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, a favor del ciudadano Lewis Salvador Figueredo, de conformidad con lo establecido en el articulo 264 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con los artículos 258 y 256 ordinales 3º y 8º Ejusdem. Acordando en su lugar, mantener la medida de privación judicial preventiva de libertad, de conformidad con lo establecido en los artículos 250, 251 y 252 todos Ejusdem.
SEGUNDO: Se declara CON LUGAR, el recurso .....