OCTAVA: En consecuencia, este Juzgado HOMOLOGA la presente transacción procediendo como en sentencia pasada en autoridad de Cosa Juzgada, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, articulo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo y 10 y 11 de su Reglamento, por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador ni normas de orden público, todo ello conforme a los artículos 87, 89 y 92 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y los artículos 1.713 al 1.718 del Código Civil. Regístrese, Publíquese y guárdese copia certificada. Asimismo, se deja constancia de la devolución de los escritos de promoción de pruebas, por lo que en este mismo acto se dá por terminado el presente asunto, se ordena el cierre informático y SU REMISIÓN A LA DIVISIÓN DE ARCHIVO JUDICIAL. Es todo. Término, se leyó y conformes firman.
LA JUEZ
SADY CAR.....