Por las razones expuestas, este Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1.- COMPETENTE, para conocer de la demanda de nulidad interpuesta por el ciudadano VICENTE JUAN COBOS FRENDONY, titular de la cédula de identidad Nº V-2.985.058, asistido por el abogado Lenin Díaz, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 47.452, contra la SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ARRENDAMIENTO DE VIVIENDA, según los motivos explanados en el presente fallo.
2.- ADMISIBLE la demanda de nulidad interpuesta y en consecuencia:
2.1.- Se ordena notificar al Superintendente Nacional de Arrendamiento de Vivienda, quien conforme a lo dispuesto en el artículo 79 eiusdem, deberá remitir dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a su notificación, los antecedentes administrativos que guardan relación con la presente causa, los cuales.....