HOMOLOGA la solicitud de PARTICIÓN Y LIQUIDACIÓN DE LOS BIENES DE LA COMUNIDAD CONYUGAL amistosa realizada por los ciudadanos MARJORIE DEL VALLE HENRIQUEZ CHOPITE y ALEXIS OMAR GONZALEZ CORREA, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nos. V-12.111.444 y V-10.182.366, respectivamente, en los mismos términos y condiciones convenidas, y en consecuencia la declara como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.-