DECISIÓN
Por las razones antes expuestas, esta Sala Cuatro de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por los abogados CARLOS MORIN Y HENRY SANCHEZ, inscritos en el Inpreabogado bajo el Nº 37.617 y 14.673, actuando en su carácter de defensores del ciudadano CARLOS BARRADAS, conforme a lo establecido en el artículo 439 numeral 5 del Código Orgánico Procesal Penal, en contra de la decisión dictada en fecha 04 de noviembre de 2014 con ocasión a la celebración de la Audiencia de Preliminar, por el Juzgado Cuarto (4°) de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas.
Publíquese, notifíquese, regístrese y remítanse las presentes actuaciones en su oportunidad legal.
Dada, firmada, sellada y refrendada, en la Sala de Audiencias .....