Atendiendo a todo lo expuesto, este Tribunal Décimo Tercero de Municipio
Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área
Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República
Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la
solicitud de DIVORCIO formulada por los ciudadanos REBECA MARIA
SANABRIA BELTRAN y SAMUEL EDUARDO NAVAS MARTINEZ,
venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad el Nº V-
20.793.286 y V-18.249.771, respectivamente, en consecuencia, se declara disuelto el
vínculo matrimonial por ambos contraído en fecha 15 de Noviembre de 2016, ante el
Registro Civil de la Parroquia Catedral, Municipio Bolivariano Libertador del
Distrito Capital, según consta de Acta de Matrimonio anotada bajo el Nº 201
asentada en el libro de matrimonios correspondiente al año 2016.