(...) De acuerdo con lo anterior, este Juzgado Trigésimo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, se declara INCOMPETENTE para conocer de las presentes actuaciones y ordena remitir los autos a los tribunales con competencia en materia contencioso administrativo funcionarial, así se decide. (...)