Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Décimo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: PRIMERO: INADMISIBLE la demanda de Honorarios Profesionales Judiciales y Extrajudiciales, incoada por el abogado ANTONIO JOSÉ ESPINOZA PULIDO, actuando en su propio nombre y representación como parte actora contra el ciudadano MANUEL ANTONIO HERNÁNDEZ SALAZAR. SEGUNDO: SIN LUGAR la apelación ejercida por el abogado ANTONIO JOSÉ ESPINOZA PULIDO, en contra de la decisión dictada por el Juzgado Décimo Tercero Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 02 de diciembre del 2014. TERCERO: Dada la naturaleza de la decisión no ha lugar a costas.
Queda CONFIRMADO el fallo apelado con distinta motivación.
Por cuanto la presente dec.....