VI.- DISPOSITIVA.-
En mérito de los razonamientos de hecho y derecho anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR el Recurso de apelación interpuesto en fecha 24.05.2016 (f.125, p.2), por la abogada
CONNY GARCIA, actuando en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada, ciudadana NILDA ELENA NARANJO AVENDAÑO, contra la sentencia de fecha 09.05.2016 (f. 117 al 123, p2), proferida por el Juzgado Duodécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que declaró la CONFESIÓN FICTA y con lugar la demanda de RESOLUCIÓN DE CONTRATO interpusiera la ASOCIACIÓN CIVIL ESCAMPADERO VII, contra la ciudadana NILDA ELENA NARANJO AVENDAÑO.
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