Con fuerza en los fundamentos precedentemente expuestos, este Juzgado Vigésimo Primero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en sede civil, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la ejecución de la transacción solicitada por la parte actora Organización Prea C.A., ejercida a través de sus apoderado judiciales Abogados Carlos Alberto Calanche y Karem Alejandra Yépez Galindo y SEGUNDO: CON LUGAR la oposición a la ejecución formulada por la ciudadana Petra Maritza Aguilera venezolana, mayor de edad, de este domicilio, con cédula de identidad Nº V-6.028.409, asistida en ese acto por el Abogado José Alfredo Montes Silguero inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 76.062, en el proceso que por NULIDAD DE CONTRATO incoara ORGANIZACIÓN PREA C.A., representada en el proceso por los Abogados Carlos Alberto Calanche Bogado y Karem Alejandra Yépez Galindo inscri.....