Por las razones expuestas, este Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, se declara:
1. SU COMPETENCIA para conocer el recurso contencioso administrativo funcionarial incoado por los abogados Oscar Uribe Serrano, Reinaldo Fuentes Acosta y Leonel Palacios Urdaneta inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 162.274, 68.021 y 162.340, actuando en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana MIRIAM PÉREZ VENTURA, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº 5.813.044, consignó ante el Juzgado Superior Cuarto en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, en funciones de Distribuidor, escrito contentivo del recurso contencioso administrativo funcionarial que incoase contra la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO SUCRE DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA,
2.- PARCIALMENTE CON LUGAR el present.....