DISPOSITIVO
Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y, por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado IVAN RODRIGUEZ GRATEROL, en su condición de apoderado judicial de la parte actora en fechas cinco (5) de diciembre de dos mil dieciséis (2016), y once (11) de enero de dos mil diecisiete (2017), contra la sentencia dictada en fecha dos (2) de diciembre de dos mil dieciséis (2016), por el Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Queda CONFIRMADO el fallo apelado en cuanto a lo sometido al conocimiento de esta Alzada.
SEGUNDO: PROCEDENTE la defensa previa opuesta por la parte demandada establecida en el artículo 1824.....