Por los fundamentos expuestos este Tribunal Superior Décimo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR, el recurso de apelación interpuesto el 06 de febrero del 2017, por el abogado JESUS PEÑALVER, en su carácter de apoderado judicial del tercero interviniente ciudadano FRANCO ARTURO ENCINA DE LA BARRA, contra la sentencia dictada en fecha 27 de enero del 2017, por el Juzgado Séptimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: INADMISIBLE, la tercería interpuesta por el apoderado judicial JESUS PEÑALVER. No hay condenatoria en costas.
Queda CONFIRMADO el fallo apelado, con distinta motivación.
Publíquese, regístrese, déjese copia certificada de la presente sentencia.
Dada, firmada y sellada en .....