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Decisiones del dia 16/12/2009

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Superior Primero de lo Contencioso Tributario
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : AP41-U-2009-000686 N° Sentencia : 1416 Fecha: 16/12/2009
Procedimiento:
Amparo Tributario
Partes:
OCEAN LINK OFFSHORE III AS VS. GERENCIA DE LA ADUANA PRINCIPAL DE GUANTA- PTO. LA CRUZ DEL SENIAT
Resumen:
Declarado IMPROCEDENTE la Acción de Amparo Tributaria ejercida por la sociedad mercantil OCEN LINK OFFSHORE III, por cuanto el único objetivo claro de la misma es el de obligar al presunto agraviante a obtener una respuesta a la solicitud planteada y a emitir un pronunciamiento al respecto, independientemente de que la decisión sea positiva o negativa, y siendo que en el caso de autos la pretensión de la accionante se satisfizo en su totalidad, al haberse dado respuesta de manera detallada a la solicitud urgida que realizó ante la Administración Tributaria la parte quejosa, mediante Oficio N° SNAT/INA/GAPG/AAJ/2.009-8313 de fecha 26-11-2009, emanado de la Gerencia de la aduana Principal de Guanta-Puerto La Cruz del SENIAT, contra la cual podrán ejercer, de considerarlo necesario, los recursos que establece la ley a su favor, en consecuencia deviene de manera sobrevenida el decaimiento del objeto de la acción interpuesta.
Juez/Ponente:
Javier Sanchez Aullon
Organo:
Juzgado Superior Primero de lo Contencioso Tributario
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N° Expediente : AF41-U-1999-000103-1251 N° Sentencia : 1415 Fecha: 16/12/2009
Procedimiento:
Recurso Contencioso Tributario
Partes:
MICHELE SPANO AMORENA VS. SENIAT
Resumen:
Declarado SIN LUGAR el Recurso Contencioso Tributario interpuesto por la Contribuyente MICHELE SPANO AMORENA, en virtud de que, por una parte, en apreciación de este Tribunal, el acto administrativo cuestionado no adolece de vicio de inmotivación alegado, pues en su contenido se expresa el motivo de dicho acto, que una vez notificado, la recurrente ha podido tener cabal conocimiento de los hechos y del derecho que lo justifican así como la pretensión de la Administración Tributaria, lo que ha permitido al contribuyente ejercer la defensa que consideró procedente. En relación a las pruebas promovidas por la contribuyente, se confirma que dentro de las características de los inmuebles que sirvieron de referencia al fiscal actuante, se tomó en cuenta la edad de las construcciones, en consecuencia, dicha prueba no fue capaz de enervar la legalidad de las actuaciones fiscales realizadas. Al respecto de la solidaridad, cualquiera de los deudores puede ser constreñido al pago de la totalidad.....
Juez/Ponente:
Javier Sanchez Aullon
Organo:
Juzgado Superior Primero de lo Contencioso Tributario
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