Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Quinto de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dispone en los siguientes términos:
PRIMERO: Declara PROCEDENTE la medida cautelar de secuestro solicitada por los abogados Magaly Curra Espejo, Judith Elizabeth Montiel Hernández, Neblet Carolina Navas Gómez, Faruk Andrés Ramírez Beirutty, Zoila Cecilia Brito Piñerúa y Jennifer Vilariño, Inpreabogado Nros. 62.699, 117.048, 97.065, 79.709, 55.367 y 98.475, respectivamente, actuando como apoderados judiciales del INSTITUTO NACIONAL DE DESARROLLO DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA INDUSTRIA (INAPYMI), contra la Asociación COOPERATIVA FERPA 002, R.L., sobre el vehículo identificado con las siguientes características: Marca: CHEVROLET, modelo: CHASIS CAB. NPR ÚTIL Año: 2005, Tipo: CHASIS, Serial de Motor: 95V356308, Serial De Carrocería: 8zckn34l95v356308, Placa: 91CIAE, Color: BLAN.....