En razón de ello formese el respectivo cuaderno y remítase a la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, copia de la presente acta, así como copias fotostáticas de las Audiencias para establecer las circunstancias de la aprehensión del adolescente celebrada en fecha 18 de Abril del 2002 y Preliminar celebrada en fecha 07 de Junio del 2002
Solicito se convoque al Juez Accidental a quien corresponda para que continúe conociendo de la causa.
El Juez de Juicio
Abog Gerardo Pastor Arias