declara:
1- ADMITE, el recurso interpuesto por los abogados YEVELYN MANRIQUE CABALLERO, DAYANA DI NAPOLI DE LUCA y HUMBERTO GAMBOA LEÓN, respectivamente, en su carácter de apoderados judiciales de la Sociedad de Comercio 210 ASESOR DE PROMOTORES, C.A", todos identificados ut supra, contra la Providencia Administrativa Nro. 1173-05 de fecha 23 de septiembre de 2005, emanada de la Inspectoría del Trabajo en el Distrito Capital Municipio Libertador, mediante la cual declaró con lugar la solicitud de reenganche y pago de salarios caídos incoado por el ciudadano JHONNY MORALES, portador de la cédula de identidad Nº 7.955.408.
En consecuencia, se ordena citar al Inspector del Trabajo en el Distrito Capital Municipio Libertador, al Fiscal General de la República, a la Procuradora General de la República y al ciudadano JHONNY MORALES, portador de la cédula de identidad Nº 7.955.408. Líbrese Cartel en su debida oportunidad.
2- NIEGA la suspensión de los efectos de la Providencia im.....