En mérito de las razones expuestas precedentemente, este Juzgado Superior Séptimo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR el recurso contencioso administrativo de nulidad ejercido por la Sociedad Mercantil Inversora Rio Cataniapo, C.A., inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital (anteriormente Distrito Federal) y Estado Miranda, bajo el documento Nº 72, inscrito en el Tomo 20-A Segundo, de fecha 16 de abril de 1994, contra el acto administrativo contenido en la Resolución N° R-LG-06-00103, de fecha 5 de septiembre de 2006 dictada por la Dirección de Ingeniería Municipal de la Alcaldía del Municipio Chacao del Estado Miranda, mediante el cual resolvió: i) Declarar ilegales las áreas construidas sin notificación de Inicio de Obra, en el inmueble denominado Quinta Coi-Coi, ubicado en la calle Santa Belén de la U.....