Atendiendo a todo lo expuesto por este Tribunal, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos VICMER ALEJANDRO BLANCO USECHE y AURA ESTELA PETIT ALARCON, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-16.875.012 y V-17.444.019, respectivamente; en consecuencia queda disuelto el vínculo matrimonial por ambos contraído por ante el Registro Civil del Municipio Vargas del Estado Vargas, en fecha 15 de noviembre de 2008, según se evidencia de Acta de Matrimonio Nº. 002, del Libro de Registros Civil de Matrimonios llevados por dicho Autoridad Civil. Así se decide...