Por todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Décimo Tercero (13º) de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PERENCIÓN DEL PROCEDIMIENTO en la demanda de nulidad interpuesta por FANNY VERDE IPSA Nº 36.014 titular de la cédula de identidad N° V-6.190.422, en contra Providencia Administrativa N° 0053/16, expediente Nº 023-2015-01-01355, de fecha 21 de abril 2016, emanada de la Inspectoría de Trabajo en el Distrito Capital, Municipio Libertador, Con Sede Norte, que declaró con lugar la solicitud de reenganche y restitución de Derechos incoada por la ciudadana Dayana Yelitza Sanabria, titular de la cedula de identidad Nº 17.651.775, en contra de la entidad de trabajo GRUPO BOULLOSA, C.A. SEGUNDO: Se ordena la notificación de recurrente así como de la Procuraduría Gene.....