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Decisiones del dia 17/03/2015

Formato:  Ficha  Lista

Tribunal Octavo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas.
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : AP31-M-2010-000128 N° Sentencia : Fecha: 17/03/2015
Procedimiento:
Cobro De Bolívares
Partes:
MERCANTIL, C.A. BANCO UNIVERSAL VS S.M. CARNICERIA Y CHARCUTERIA SICILIA, C.A.
Resumen:
Revisadas como han sido las actuaciones que cursan en autos, observa este sentenciador, que la última actuación de la parte actora fue en fecha 21/02/2014, encontrándose la misma en estado de citación, y visto que ha transcurrió más de un (01) año de inactividad sin que la parte cumpliera con la obligación de darle impulso procesal, este Tribunal siguiendo el criterio de la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia en fallo dictado en fecha seis (06) de julio de 2004 con la ponencia del Magistrado Carlos Oberto Vélez, que impone como castigo a los litigantes por su falta de actuación en los juicios, se tiene la PERENCION DE LA INSTANCIA prevista y sancionada en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, institución que como remedio procesal, ha ocurrido en este juicio por las razones antes indicadas. Y así se decide. TERCERO DISPOSITIVA Con las consideraciones de hecho y de derecho arriba indicadas este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República.....
Juez/Ponente:
Luis Alberto Petit
Organo:
Tribunal Octavo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas.
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N° Expediente : AP31-V-2015-000229 N° Sentencia : Fecha: 17/03/2015
Procedimiento:
Acción Mero Declarativa De Concubinato
Partes:
LUCY MARGARITA CALLES SALAS VS ARTURO LEO PAYNE GARCIA
Resumen:
"...La jurisprudencia de esta Sala viene sosteniendo que las acciones mero declarativas de unión concubinaria son de naturaleza eminentemente civil, y en tanto y en cuanto, las partes sean mayores de edad y no se involucren los intereses de niños, niñas y adolescentes, aun cuando hayan sido procreados durante esas uniones, la competencia para su conocimiento corresponderá a los tribunales civiles. Siguiendo esta línea argumental, se observa que en el presente caso corresponde regular la competencia para conocer de una acción mero declarativa de reconocimiento de unión concubinaria, en la que las partes son mayores de edad, y procrearon una niña cuyos intereses no pueden resultar afectados en el presente juicio, por lo que siguiendo el criterio antes expuesto se declara que los tribunales competentes para su conocimiento son los juzgados con competencia en materia civil. Así se declara. Por otra parte, considera esta Sala necesario advertir que la acción mero declarativa de reconocimien.....
Juez/Ponente:
Luis Alberto Petit
Organo:
Tribunal Octavo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas.
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