Por las razones antes expuestas, este Tribunal Vigésimo Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: la CONVERSIÓN EN DIVORCIO de la Separación de Cuerpos y Bienes, existente entre los ciudadanos JOSE ANTONIO VELASQUEZ y LORENA CECILIA GUTIERREZ GOMEZ, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-18.222.404 y V-16.474.512, respectivamente, en consecuencia, se declara disuelto el vínculo matrimonial contraídos por ellos, en fecha 18 de febrero de 2011, por ante el Registro Civil de la Parroquia Macarao, Municipio Libertador del Distrito Capital, según consta de Acta de Matrimonio Nº 05, del libro de matrimonios correspondiente al año 2011