Por las razones expuestas, este Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1.- PARCIALMENTE CON LUGAR el presente recurso contencioso administrativo funcionarial, interpuesto por los abogados Dennis Ivones Piñango, Juan de Jesús Román y Germán García Limonta, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los números 145.935, 53.435 y 45.541, respectivamente, actuando en sus caracteres de apoderados judiciales de la ciudadana ZOBEIDA CECILIA TERÁN DE PIÑANGO, titular de la cédula de identidad Nº V-4.917.756 contra el MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN UNIVERSITARIA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA, en consecuencia:
1.1.- Se ORDENA al MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN UNIVERSITARIA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA el recalculo de las prestaciones sociales de la ciudadana ZOBEIDA CECILIA TERÁN DE PIÑANGO, a partir del 01 .....