Por todo lo anteriormente expuesto, esta Corte de Apelaciones con Competencia en Delitos de Violencia Contra la Mujer de la Región Capital, impartiendo justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta el siguiente pronunciamiento:
ÚNICO: HOMOLOGA el Desistimiento del recurso de apelación interpuesto por los profesionales del derecho Carmen Amelia Chacín Materán y el abogado Ramón Alfredo Medina Martínez, actuando en su carácter de Defensores Privados del ciudadano GALO JOSÉ CHIERA GARRIDO, presentado en contra de la decisión dictada por el Juzgado Quinto (5º) de Primera Instancia en funciones de Control, Audiencia y Medidas de este Circuito Judicial, todo de conformidad con lo consagrado en el artículo 431 del Código Orgánico Procesal Penal, en estricta relación con la Sentencia № 1752, Expediente № 03-3171, del 18 de julio del 2005, emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, con ponencia del Magist.....