IV.- DISPOSITIVA.-
En mérito de los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuesto, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta el 02.05.2006 (f. 29) por la abogada Moralba González de Tellechea, en su carácter de apoderado de la parte accionante, ciudadano JOHNNY HILARIO FANI LÓPEZ; y la apelación interpuesta el 02.05.2006 (f. 30) por la abogada Denis Figueroa Pérez, en su carácter de apoderada judicial del tercero, compañía DECO PINT NATALE FANI C.A., contra el auto interlocutorio diarizado el 24.02.2006 dictado por el Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial, en el que se aceptó la fianza prestada y se suspendió la medida de prohibición de enajenar y gravar decretada el 23.09.2004 sobre .....