Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Superior Décimo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de regulación de competencia interpuesto el 28 de febrero del 2013 por el abogado GONZALO CEDEÑO NAVARRETE, apoderado judicial de la parte accionada, contra la decisión dictada el 5 de octubre del 2010 por el Juzgado Vigésimo Cuarto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, mediante el cual declaró sin lugar la cuestión previa contenida en el ordinal 1º (incompetencia territorial) del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, opuesta por la representación judicial de la parte demandada en el juicio que por EJECUCIÓN DE HIPOTECA incoara la sociedad mercantil BANCORO, C.A., BANCO UNIVERSAL REGIONAL, en contra del ciudadano ARMANDO RUGGIERO STI.....