este Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, a los Diecisiete (17) días del mes de Junio de dos mil Once (201). PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISIÓN. Año 152° y 200°
EL JUEZ
Abg. Félix Manuel Milano El secretario
Abg. Luis Barranco
La compareciente,