Estando dentro de la oportunidad indicada para que sea llevada a cabo la Prolongación de la Audiencia Preliminar se deja constancia de la asistencia de las partes a la misma quienes de conformidad con lo establecido en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo llegaron a una Mediación Positiva y en vista de que el pago está siendo realizado en este momento se da por terminada la presente Causa y se ordena su archivo. Asimismo se hace Acta de Entrega de las pruebas a las partes.