(...) el Tribunal deja constancia de la incomparecencia a la presente audiencia de la parte actora, ciudadano DAVID MANUEL GONZALEZ DOMINGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-17.158.759, de este domicilio, ni por sí ni por medio de apoderado judicial alguno; en virtud de lo cual de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Décimo Noveno Primera de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION.