En consecuencia, el Tribunal con fundamento en que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA el acuerdo entre JAVIER TORRES, JUVENCIO FERRIN, GEYCO, GERENCIA Y CONSULTORES C.A. y HORACIO RODRIGUEZ DIEZ, dándole efectos de cosa juzgada. En cuanto a la copia certificada solicitada este Tribunal acuerda su expedición. Una ver vencido el lapso de cinco (05) días hábiles siguientes al de hoy firme la presente decisión se ordenara el cierre y archivo del presente asunto. El Tribunal deja constancia de la devolución de las pruebas aportadas por las partes. En relación a la solicitud de levantamiento de la medida de prohibición de enajenar y gravar del inmueble propiedad de HORACIO RODRIGUEZ DIEZ el Tribunal proveerá en el cuaderno respectivo y luego de lo cual se ordenará el cierre y archivo del expedient.....