IV
DISPOSITIVO DEL FALLO
En mérito de los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto en fecha 14 de marzo de 2007 por la parte intimante abogado IVÁN GÓMEZ MILLÁN, contra el fallo proferido en fecha 14 de febrero de 2007 por el Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que declaró SIN LUGAR la acción de estimación e intimación de honorarios profesionales de abogado incoada por el mencionado ciudadano, contra la sociedad mercantil EQUIPOS LES ALLURES C.A., el cual queda revocado con las motivaciones aquí expuestas.
SEGUNDO: SIN LUGAR la oposición e improcedente la excepción de pago y la prescrip.....