Con fundamento en las precedentes consideraciones este Juzgado Primero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley, declara:
PRIMERO: LA CONFESIÓN FICTA de la parte demandada, ciudadana GLADIS ESTER LÓPEZ DE BRACHO, titular de la Cédula de Identidad No. V-13.480.570.
SEGUNDO: CON LUGAR la demanda que por DESALOJO, interpuso el ciudadano JUANG JANG HUEY ING contra la ciudadana GLADIS ESTER LÓPEZ DE BRACHO, antes identificados.
TERCERO: Se condena a la demandada a desalojar y entregar a la parte actora, del siguiente bien inmueble: casa depósito N° 0116, ubicada en la calle La Providencia, en el lugar denominado Tierra de Fuego, de la Urbanización El Cementerio, Parroquia Santa Rosalía, Municipio Libertador del Distrito Capital.
CUARTO: Se condena a la parte demandada a PAGAR a la parte actora la cantidad de tres millones ochocientos .....