esta Sala 7 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la Inhibición planteada por las ciudadanas ANGÉLICA RIVERO BERMÚDEZ, ALEGRÍA LILIAN BELILTY y CARMEN AMELIA CHACÍN MATERÁN, en sus carácter de Juez Presidente y Jueces Integrantes de la Sala 10 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, fundamentada en los artículos 86 numeral 7 y 87 ambos del Código Orgánico Procesal Penal.
Regístrese la presente decisión y déjese copia debidamente certificada en el archivo. Notifíquese a las partes de la causa principal. Remítase copia debidamente certificada bajo Oficio a la Sala Décima de la Corte de Apelaciones de este Circuito Judicial Penal, para su debido conocimiento.
LA JUEZ PRESIDENTE
RITA HERNÁNDEZ TINEO
EL JUEZ INTEGRANTE LA JUEZ INTEGR.....