Por todos los razonamientos antes expuestos este Juzgado Segundo Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Declara: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte actora apelante, MARIA ALEXANDRA COLINA RONDON, cédula de identidad número 14.480.272, representada por los abogados RAIZA VALLERA, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el numero 38.140; contra la decisión de fecha 04 de Julio de 2012, emanada del Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, correspondiente a la demanda incoada por la parte recurrente contra la empresa: MERCADOS DE ALIMENTOS (MERCAL), debidamente inscrita en el Registro Mercantil IV de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha 16 de Abril de 2003, bajo el N.....