En mérito de las anteriores consideraciones este TRIBUNAL SUPERIOR SEGUNDO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS Y NACIONAL DE ADOPCIÓN INTERNACIONAL, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara PRIMERO: PERECIDO el recurso de apelación interpuesto en fecha diecisiete (17) de julio de 2014, por la abogada DESIREE BRITO, inscrita en el inpreabogado Nº 123.073, en su carácter de Apoderada Judicial de la ciudadana LUZ MARÍA ANDREÍNA PINO DEL SIGNORE titular de la cédula de identidad Nº V- 20.330.199, contra la sentencia de fecha ocho (08) de julio de dos mil catorce (2014), por el Tribunal Primero (1°) de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de este Circuito Judicial de Protección, en la solicitud de Divorcio 185-A signado con la nomenclatura AP51-J-2014-004166. SEGUNDO: Como consecuencia del pronunciamiento ant.....