Vista la decisión de fecha 06 de abril de 2006, dictada por el Tribunal Vigésimo Noveno en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en la cual decretó la Nulidad Absoluta del acto de audiencia conciliatoria, celebrada ante la Fiscalía Superior del Ministerio Publico, en tal sentido, es por lo que este Tribunal acuerda la remisión del presente asunto a dicha fiscalía, a los fines legales consiguientes. Líbrese el correspondiente oficio. Regístrese, y Cúmplase.