Con fundamento a los razonamientos anteriormente expuesto, este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Central, con Sede en Maracay, Estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara INADMISIBLE IN LIMINE LITIS, la ACCION de AMPARO CONSTITUCIONAL interpuesta FRANCIA MARGARITA ASSAAD BRITO, titular de la cédula de identidad Nro. 3.500.115, debidamente asistida por la Abogado FRANCIA LARA ASSAAD DE PEREZ, inscrita en el Inpreabogado bajo le número 47.136, contra el Concejo Municipal Del Municipio Francisco Linares Alcántara Del Estado Aragua,, en la persona de su Presidente, Concejal Ernesto A. Tovar, y su Secretario Municipal Concejal Luis A. Guzmán, Alcaldía del Municipio Francisco Linares Alcántara del Estado Aragua, en la persona de su Alcaldesa y la Dirección de infraestructura y Proyectos y a las Oficina Municipales de Planeamiento Urbano, Ingenie.....