DECISION
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Noveno de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la CONVERSIÓN EN DIVORCIO de la Separación de Cuerpos y Bienes existente entre de los ciudadanos: DOMINGO MANUEL NOGUERA DIAZ y DAGRIZ COROMOTO COVA DE NOGUERA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, cónyuges, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-4.119.021 y V-5.093.194 respectivamente, y en consecuencia disuelto el vínculo matrimonial contraídos por ellos en fecha 09 de junio de 1976, por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Maiquetía, Departamento Vargas del Distrito Federal (hoy Estado Vargas), según consta de acta de matrimonio Nº 110, del libro de matrimonios correspondientes al año 1976.
Expídanse copias certificadas de la presente decisión a cada uno de los solicitantes. Así mismo se acuerda notific.....