DECISIÓN
Por las razones antes expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: PRIMERO: SIN LUGAR la acción de RECONOCIMIENTO DE UNIÓN CONCUBINARIA intentada por el ciudadano EZEQUIEL TEODORO BLANK LUCENA, contra la ciudadana LILA DEL CARMEN VARGAS PÉREZ, todos ya antes identificados. SEGUNDO: No hay condenatoria en costas por la naturaleza del fallo.