Este Juzgado Séptimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA MEDIDA DE EMBARGO PROVISIONAL, sobre bienes muebles de la parte demandada CONSORCIO EL SITIO, C.A., INGENIERIA Y CONSTRUCCION, C.A., y TURBOGENERADORES DE VENEZUELA, C.A., plenamente identificadas en la primera parte de esta decisión, hasta cubrir la cantidad de SIETE MILLONES QUINIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SEIS BOLIVARES CON TREINTA Y SEIS CENTIMOS (Bs. 7.545.996,36), suma que corresponde al doble de la cantidad demandada, más las costas prudencialmente calculadas por éste Tribunal, en la cantidad de OCHOCIENTOS TREINTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y CUATRO BOLIVARES CON CUATRO CENTIMOS (Bs. 838.444,04) suma esta ya incluida en la cantidad anterior y corresponde al Veinticinco por Ciento (25%), de la .....