Declara PARCIALMENTE CON LUGAR, la solicitud de REVISION DE SENTENCIA ALIMENTARIA, ARTICULOS 520 Y 523 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente , se fijó como pensión alimentaria la cantidad de QUINCE MIL BOLIVARES SEMANALES (Bs. 15.000) .-En cuanto a los gastos médicos, útiles, uniformes escolares se fija el 50%. En relación a la vestimenta se fija el 30% del Bono de fin de año y los bonos de juguetes y ayuda escolar los concedidos por la parte patronal.-Abrase carpeta de cumplimiento alimentaria.-