Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Quinto de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dispone en los siguientes términos:
1.Se declara PROCEDENTE la solicitud de amparo cautelar solicitado por la ciudadana Carmen Eloisa Alguindigue Morles, asistida por la abogada Catherina Gallardo, contra la "decisión que consta en acta Nº 13 de fecha 25 de julio de 2013, dictada por EL CONSEJO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y POLITICAS DE LA UNIVERSIDAD CENTRAL DE VENEZUELA, que en votación dividida, desconoce los resultados del concurso, al negarle los efectos jurídicos naturales que surte y ordenar la realización de uno nuevo, pretendiendo impedir y no cumplir con sus funciones de reconocer el referido concurso".
2.- Se ORDENA a la Presidencia del Consejo de Facultad de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas de la Universidad Central de Venezuel.....