Por la motivación que antecede este Juzgado Superior Segundo en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO planteado por la abogada LUISHEC MONTAÑO ARISMENDI, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 118.060, en su carácter de apoderada judicial de la SOCIEDAD NACIONAL DE GARANTÍAS RECÍPROCAS PARA LA MEDIANA Y PEQUEÑA INDUSTRIA, S.A. (SOGAMPI), con respecto a la acción interpuesta contra la sociedad mercantil CREACIONES TEXANA, C.A., respecto a la presente acción.