DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, es por lo que ésta Sala Uno de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos PRIMERO: Se declara la NULIDAD DE OFICIO de la decisión dictada en fecha 21 de octubre de 2016, por el Tribunal Primero (01°) de Primera Instancia en Funciones de Control de éste Circuito Judicial Penal, mediante la cual, decretó medida de privación judicial preventiva de libertad al ciudadano José Roberto Reyes Martínez, titular de la cédula de identidad V-22.762.447, por la presunta comisión de los delitos de Extorsión Por Relación Especial, previsto y sancionado en el artículo 17 de la Ley Contra el Secuestro y la Extorsión y Asociación para Delinquir, previsto y sancionado en el artículo en el artículo 37, con el agravante del numeral 9, del artículo 29, todos de.....