Por los razonamientos anteriormente expuestos, este JUZGADO SUPERIOR SEXTO EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, conforme a lo establecido en los artículos 12, 243 y 244 del Código de Procedimiento Civil, 26 y 257 de la Carta Magna, declara:
Primero: PROCEDENTE la solicitud de acumulación impetrada por los abogados Reggie Hermes Gutiérrez Camacho y Nieves Camacho, en su condición de apoderados judiciales de la parte actora sociedad mercantil SERENOS LOS ANDES C.A. (S.E.A.N.C.A).
Segundo: Se acuerda la acumulación planteada en las actas y se solicita mediante oficio al Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, de la causa signada bajo el Nro. AP71-R-2022-000537 correspondiente a su nomenclatura interna, para que forme .....